El organismo eliminó tres normas que complicaban la gestión del comercio exterior y aprobó cambios para la administración de los dólares que las compañías obtienen fuera del país. Todos los detalles.
El Banco Central (BCRA) continúa con la flexibilización del cepo cambiario. Este jueves, el directorio del organismo realizó cambios que afectarán especialmente al manejo del comercio exterior de las empresas.
A través de la comunicación “A” 8137, la entidad definió una serie de extensiones en los plazos de liquidación de las exportaciones, mejora el tiempo de pago de algunas importaciones y simplifica el manejo de dólares que las empresas tienen en el exterior.
Más tiempo para liquidar exportaciones
En el caso de la venta de bienes al exterior, los exportadores tenían obligación de ingresar las divisas en períodos que iban de los 15 a los 180 días, según el producto del que se trate y se puede extender a 365 días corridos para las exportaciones que se hagan dentro del régimen Exporta simple. El plazo más corto, que se aplica a exportaciones de soja, maíz y trigo, pasará ahora a ser de 30 días corridos.
Por otra parte, una vez que el exportador cobra, tenía 5 días hábiles para ingresar los dólares al país y liquidarlos. Ahora, ese plazo se extiende a 20 días, siempre que no se supere el tiempo máximo permitido para liquidar el bien en cuestión. Por ejemplo, si se trata de un producto cuya liquidación se puede hacer en un máximo de 180 días y el productor local cobra en el día 150, tendrá hasta el la jornada 170 para ingresar las divisas. En cambio, si cobra esa misma exportación a los 170 días, tendrá que liquidarla antes de los 180 días.
Finalmente, para las exportaciones de servicios, el plazo general para la liquidación pasa de 5 a 20 días hábiles. Así, se equipara con con el plazo vigente para exportadores que sean personas humanas (freelancers), para quienes ya se había flexibilizado la normativa.
Facilidades para las empresas que emiten deuda en el exterior
Ante el boom de colocación de obligaciones negociables de las empresas argentinas en el mercado internacional, el BCRA también flexibilizó la administración de los dólares que las compañías obtienen en el exterior.
Hasta ahora, aquellas empresas que querían acceder al mercado de cambios oficial para pagar los servicios de intereses y capital de esas deudas (que suele ocurrir en los primeros 90 a 180 días) o para importar tenían que presentar una declaración jurada en la que decían no contar con fondos de libre disponibilidad en el exterior por más de US$100.000, algo que va en contra de la colocación de deuda en el exterior.
A partir de mañana, para dar mayor flexibilidad en el manejo de los fondos que las empresas reciban por colocaciones de deuda en el exterior, no será necesario incluir en la declaración jurada los montos colocados en el mercado internacional durante los primeros 180 días. En la práctica, esto permite que los dólares se dejen afuera del país hasta la fecha del primer vencimiento de intereses, siempre que no supere los seis meses de plazo.
Acortan el plazo de pago para recitales internacionales
En línea con el recorte de los plazos de ingreso al mercado de cambios para el pago de la mayoría de las importaciones, el BCRA redujo de 90 a 30 días el tiempo de acceso a las divisas para cancelar servicios vinculados a actividades recreativas y culturales. El principal impacto del cambio se verá en los recitales, aunque muchas productoras ya usaban el dólar financiero para cancelar los compromisos con el exterior.
FUENTE: TN