
La determinación se tomó en la primera audiencia del jury por el escándalo que desató el documental “Justicia Divina” del juicio por la muerte de Diego Maradona
El jurado de enjuiciamiento conformado para trata el caso de la jueza Julieta Makintach, licenciada por la Suprema Corte de Justicia bonaerense tras el escándalo del documental “Justicia Divina” del juicio por la muerte de Diego Maradona, aceptó tratar las ocho denuncias contra ella, siete particulares y una del procurador Julio Conte Grand, para iniciarle el jury.
“El jurado ha decidido que es competente para tratar las denuncias”, anunció a TN Ulises Giménez, secretario de Enjuiciamiento de Magistrados de la Provincia de Buenos Aires. Además, el jurado decidió iniciar el procedimiento de apartamiento preventivo, agregó el funcionario. De esta manera, Makintch tiene cinco días para responder a las denuncias. Luego, el jurado volverá a reunirse para avanzar con el procedimiento.
Durante esta primera audiencia, los ocho miembros del jurado se reunieron en el Salón Dorado del Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires, en La Plata, para evaluar si Makintach cometió irregularidades durante en el debate por la muerte de Maradona.
La presidencia del jurado está a cargo de Hilda Kogan, presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
Los cinco conjueces titulares elegidos son Álvaro García Orsi y Pablo Agustín Grillo Ciocchini (La Plata), Fabián Ramón González (Morón), y María Victoria Lorences y Mirta Daniela Greco (Lomas de Zamora). Los tres suplentes, por su parte, son Alberto Biglieri (Lomas de Zamora), Lisandro Benito (Junín) y Guillermo Andrés Marcos (Bahía Blanca).
omo conjueces legisladores titulares, se nombró al senador Ariel Martínez Bordaisco, a la diputada Abigail Gabriela Gómez, al senador Sergio Raúl Vargas, a la senadora María Lorena Mandagarán y a la diputada Maite Milagros Alvado.
Fuentes del caso habían adelantado a este medio que en caso de no aceptar la competencia, la causa contra Makintach se archivaría. Al mismo tiempo, contaron que se toman en cuenta las siete presentaciones particulares y la del Procurador General Bonaerense, aunque la conducta reprochada a la magistrada es casi la misma en todas las presentaciones.
El procedimiento
Ahora se pone en marcha el proceso del apartamiento preventivo de Makintach, aunque ella ya fue licenciada por 90 días por Suprema Corte Bonaerense.
“Se decide si deben apartarla preventivamente de su función, más allá de la licencia que tiene de la Corte. Los efectos son los mismos, pero lo que cambia es que es apartada por un órgano político”, describieron.
En caso de que se tome el camino afirmativo, Makintach debe responder ante esta decisión y luego se toma la determinación. Mientras tanto, sigue licenciada. Y, en paralelo, continúa el proceso de jury, dándose traslado a los denunciantes para que hagan sus acusaciones. Para ello tienen 15 días de corrido.
Una vez cumplido este paso, se le pide a Makintach que haga su descargo. También tiene un plazo de 15 días corridos. “Con todo eso se vuelve a reunir el jurado y ahí se dispone la admisibilidad o no de la acusación, y si corresponde la suspensión. Qué significa esto: hacerle una quita del 40% del salario hasta el debate. Pero con un detalle: ya no puede renunciar porque el Poder Ejecutivo no puede aceptarle la renuncia a partir de este paso”. Queda sí o sí sujeta al proceso.
En caso de que la vía afirmativa continúa, comienza el juicio político en sí contra la jueza que, tanto para las partes del debate por la muerte de Maradona como para los magistrados que integraban junto a ella el Tribunal Oral en lo Criminal Nº3 de San Isidro -donde se desarrollaba el juicio que luego fue nulo- su participación en el documental denotó que tenía otros intereses en la causa y una mirada sesgada del hecho procesal.
El Jury de Enjuiciamiento se centra en investigar la conducta de los jueces y funcionarios judiciales de instancias inferiores. Tiene naturaleza política y su función principal es decidir si el denunciado debe seguir en su cargo o no, sin entrar en decisiones sobre hechos delictivos o el grado de condena, tareas que corresponden a los magistrados penales.